03 julio 2012

Nuevos decretos sobre Conciliación laboral de autónomos y empleadores de empleados de hogar

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que tiene como finalidad establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral de los trabajadores autónomos y de los empleadores de empleados de hogar, y se autoriza la convocatoria para 2012 con una dotación económica de 546.000 euros.
De acuerdo con el decreto se articulan dos programas de subvenciones, el primero de los cuales estará destinado a facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente, o riesgo durante la lactancia natural.
El segundo programa incluye subvenciones para la contratación de personas empleadas de hogar, como medida de conciliación de la vida personal, laboral y familiar, y con el fin de mejorar la integración en mercado laboral de las personas dedicadas a la actividad de empleado de hogar.
Estas medidas forman parte del Plan de Acción Integral Empleo, Empresa y Emprendedores (2012-2015). 
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas del programa I las personas trabajadoras autónomas cuya actividad y centro de trabajo radique y se mantenga en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se desarrolle de forma individualizada, sin dependencia de empresas constituidas mediante formulas jurídicas de sociedades mercantiles, sociedades cooperativas o laborales que adopten la forma de comunidades de bienes o sociedades civiles.
Por lo que respecta al programa II, las ayudas podrán ser solicitadas por el empleador que tenga contratado a un trabajador en la relación laboral de carácter especial del servicio de hogar familiar regulada por el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será el de concesión directa mediante convocatoria abierta, en los términos establecidos en la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por tratarse de ayudas destinadas a fomentar la creación y estabilidad en el empleo, mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas.

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