Plan de empleo local
“AYUDAS PARA EMPRESAS DE MIAJADAS”
El Ayuntamiento de Miajadas pone a disposición de las empresas de
Miajadas una serie de medidas recogidas dentro del Plan de Empleo Local para
mejorar la competitividad de las empresas de la localidad. En concreto las
medidas son las siguientes:
AYUDAS A LA CONTRATACIÓN LOCAL:
El objeto de este programa es fomentar el empleo en la localidad de
Miajadas, así como favorecer la inserción laboral de determinados colectivos de
desempleados con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.
Beneficiarios:
Empresas y/o asociaciones sin ánimo de lucro de menos de 50
trabajadores, con centro de trabajo en Miajadas, que formalicen un contrato de
trabajo con los requisitos establecidos en las bases.
Contratos subvencionables:
Serán subvencionables las contrataciones que cumplan las siguientes
condiciones:
* Contratos laborales con desempleados que:
* Estén inscritos como
desempleados en el Centro de Empleo de Miajadas.
* Estar empadronado en
Miajadas con una antigüedad mínima de 6 meses a la fecha de contratación.
* La duración del contrato
deber ser al menos de 6 meses de duración y como mínimo de media jornada.
Finalidad y cuantía:
Las ayudas tienen como finalidad la financiación de los costes
salariales derivados de la contratación objeto de subvención, incluida la
cotización empresarial a la seguridad social.
La cuantía de la subvención será de 2.400 € en el caso de un contrato a tiempo completo con una duración de 6
meses, reduciéndose dicha cuantía de forma proporcional a la jornada en caso de
referirse a un contrato a tiempo parcial con el límite de media jornada.
La cuantía se incrementará hasta 3.000 € cuando se trate de contratos, con jornada completa, que se
formalicen con trabajadores que, además de cumplir los requisitos establecidos
en las bases reguladoras se encuentren en alguna de las siguientes
circunstancias:
* Contratación a persona
mayor de 45 años con una antigüedad en el desempleo de al menos un año.
* Personas menores de 30
años.
Pago de la subvención:
El abono de la subvención se efectuará una vez que se haya
facilitado, acreditado y comprobado la documentación exigida al beneficiario de
acuerdo con el siguiente esquema:
* 25 % se abonará cuando el
beneficiario justifique los dos primeros meses del contrato de trabajo.
* 25 % se abonara cuando el
beneficiario los siguientes dos meses
del contrato.
* El 50 % restante cuando
justifique el total del contrato realizado.
Ampliación de información:
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