AYUDAS A EMPRESARIOS





Plan de empleo local


“AYUDAS PARA EMPRESAS DE MIAJADAS”



El Ayuntamiento de Miajadas pone a disposición de las empresas de Miajadas una serie de medidas recogidas dentro del Plan de Empleo Local para mejorar la competitividad de las empresas de la localidad. En concreto las medidas son las siguientes:

AYUDAS A LA CONTRATACIÓN LOCAL:

El objeto de este programa es fomentar el empleo en la localidad de Miajadas, así como favorecer la inserción laboral de determinados colectivos de desempleados con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.
Beneficiarios:
Empresas y/o asociaciones sin ánimo de lucro de menos de 50 trabajadores, con centro de trabajo en Miajadas, que formalicen un contrato de trabajo con los requisitos establecidos en las bases.
Contratos subvencionables:
Serán subvencionables las contrataciones que cumplan las siguientes condiciones:
*                Contratos laborales con desempleados que:
  * Estén inscritos como desempleados en el Centro de Empleo de Miajadas.
  * Estar empadronado en Miajadas con una antigüedad mínima de 6 meses a la fecha de contratación.
  * La duración del contrato deber ser al menos de 6 meses de duración y como mínimo de media jornada.

Finalidad y cuantía:
Las ayudas tienen como finalidad la financiación de los costes salariales derivados de la contratación objeto de subvención, incluida la cotización empresarial a la seguridad social.
La cuantía de la subvención será de 2.400 en el caso de un contrato a tiempo completo con una duración de 6 meses, reduciéndose dicha cuantía de forma proporcional a la jornada en caso de referirse a un contrato a tiempo parcial con el límite de media jornada.
La cuantía se incrementará hasta 3.000  cuando se trate de contratos, con jornada completa, que se formalicen con trabajadores que, además de cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
  * Contratación a persona mayor de 45 años con una antigüedad en el desempleo de al menos un año.
  * Personas menores de 30 años.
Pago de la subvención:
El abono de la subvención se efectuará una vez que se haya facilitado, acreditado y comprobado la documentación exigida al beneficiario de acuerdo con el siguiente esquema:
  * 25 % se abonará cuando el beneficiario justifique los dos primeros meses del contrato de trabajo.
  * 25 % se abonara cuando el beneficiario  los siguientes dos meses del contrato.
  * El 50 % restante cuando justifique el total del contrato realizado.
Ampliación de información:











No hay comentarios: