30 diciembre 2011

Ayudas para la promoción exterior de las empresas de Extremadura y su apertura a nuevos mercados

 incentivar la promoción exterior de las empresas de Extremadura y su apertura a nuevos mercados.
Destinatarios:

a) Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que, según lo establecido en el epígrafe
correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas, desarrollen actividades de transformación o fabricación, con carácter principal en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que tengan su domicilio social y fiscal en la misma.
b) Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que, según lo establecido en el epígrafe
correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas, desarrollen actividades del sector servicios, con carácter principal en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que tengan su domicilio social y fiscal en la misma. Estas empresas tan solo podrán solicitar las ayudas para las acciones señaladas en el artículo 4.a) del Decreto 299/2011 Proyectos para la apertura de nuevos mercados, y siempre que dichas acciones se realicen fuera de España.
c) Las agrupaciones o asociaciones de empresas de los sectores agroalimentario e industrial, legalmente constituidas, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social y fiscal y desarrollen su actividad principal en la Comunidad Autónoma de Extremadura, representen o promuevan intereses genéricos del sector y estén compuestas únicamente por empresas extremeñas que desarrollen actividades de transformación o fabricación.
d) Las agrupaciones o asociaciones de empresas del sector servicios constituidas legalmente, con
personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social y fiscal y desarrollen su actividad principal en la Comunidad Autónoma de Extremadura, representen o promuevan intereses genéricos del sector y estén compuestas únicamente por empresas extremeñas que desarrollen actividades de servicios. Estas agrupaciones o asociaciones tan solo podrán solicitar las ayudas para las acciones señaladas en el artículo 4.a) del Decreto 299/2011, Proyectos para la apertura de nuevos mercados, y siempre que dichas acciones se realicen fuera de España. Para todas aquellas actuaciones que se realicen con carácter simultáneo, esto es, coincidiendo en lugar y fecha, por parte de una agrupación o asociación de empresas y por uno de sus asociados, sólo se concederán ayudas para la agrupación o asociación de que se trate.

Plazo de presentación:

Hasta el 29 de enero de 2012, inclusive.
Requisitos:
Las ayudas habrán de ser solicitadas con anterioridad al inicio de las acciones subvencionables.
Cuantía:
Serán subvencionables aquellos proyectos o actuaciones que se enmarquen en alguno de los siguientes tipos de acciones:
a) Proyectos para la apertura de nuevos mercados.
b) Organización o asistencia a misiones comerciales directas e inversas.
c) Participación directa en ferias y certámenes de relevancia comercial.
Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 40% del importe de la inversión aprobada.

Finalidad:

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